Los "Autos de Bienes de Difuntos en Indias" fueron procedimientos legales establecidos por la Corona española para gestionar y distribuir los bienes de los súbditos que fallecían en las colonias americanas sin tener herederos locales.
Por: Archivo de Indias Veracruz-Sevilla.
Desde el inicio de la colonización, surgieron dificultades para la correcta transmisión de las herencias debido a las vastas distancias y la falta de registros precisos. En 1526, la Corona reconoció que los bienes de los difuntos no siempre llegaban íntegramente a manos de los herederos, a menudo por negligencia o mala administración por parte de los encargados de su custodia. Para abordar estos problemas, se estableció que, antes de embarcarse hacia las Indias, las personas debían registrarse en la Casa de la Contratación de Sevilla, proporcionando detalles personales y familiares. Esto facilitaba la identificación y localización de los herederos en caso de fallecimiento en el Nuevo Mundo.
Los "Autos de Bienes de Difuntos en Indias" fueron procedimientos legales establecidos por la Corona española para gestionar y distribuir los bienes de los súbditos que fallecían en las colonias americanas sin tener herederos locales. Estos procesos garantizaban que los bienes fueran administrados adecuadamente y, en su caso, enviados a los legítimos herederos en España.
En el documento que presentamos, se describe el caso de Isabel Fernández, natural de Canarias, quien falleció en Veracruz y en el que, después de que las autoridades competentes concluyeran el proceso de Autos de Bienes de Difuntos en Indias, se determinó que su hija, Elena Hernández, fuera la legítima heredera de sus bienes.

Procedimiento
Al conocerse el fallecimiento de un súbdito español en las colonias sin herederos locales, las autoridades locales intervenían para asegurar e inventariar los bienes del difunto, verificando la existencia de testamento y buscando posibles herederos en España. Se realizaban pesquisas para identificar y notificar a los posibles herederos, publicando edictos y colaborando con las autoridades españolas para su localización. En tanto sucedía, los bienes eran administrados, y en ocasiones vendidos, con el objetivo de cubrir gastos funerarios, de sepelio y de administración. Una vez identificados los herederos, los bienes eran enviados a España bajo la supervisión de la Casa de la Contratación.
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